Resumen | |
[J] | Contrato de seguro de hogar con cobertura de responsabilidad civil. Delito imprudente cometido por uno de los asegurados con resultado de daños a terceros. Inexistencia de mala fe en el sentido del art. 19 LCS. Inoponibilidad al tercero perjudicado.(publicado en Actualidad Diaria 4576 el 7 de junio de 2023) |
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El 20 de julio de 2012, Héctor intentó sustraer la gasolina del depósito del vehículo de un vecino, estacionado en el sótano del mismo edificio en el que vivía con sus padres, y cuando estaba manipulando un succionador de plástico para trasvasar el líquido del depósito del vehículo a unas garrafas, se produjo la combustión de elementos inflamables, que dio lugar a un grave incendio que afectó a las viviendas y plazas de garaje del inmueble, así como a los vehículos estacionados en la misma planta sótano. El 12 de septiembre de 2017, un juzgado de lo penal de Zaragoza condenó a Héctor, como autor de un delito de incendio por imprudencia grave, del art. 358 del Código Penal. Todos los perjudicados se habían reservado las acciones civiles. En la fecha en que ocurrió el incendio, Mapfre mantenía contratos de seguro de hogar, que incluían los daños por incendio, con varios de los vecinos afectados, así como contratos de seguros de daños sobre varios de los vehículos dañados. En cumplimiento de tales contratos, Mapfre indemnizó a sus asegurados en un montante total de 54.683,57 €. Asimismo, resultó dañado el vehículo de un vecino, D. Ezequias, por importe de 1.379 €. La sentencia de primera instancia estimó la demanda, por entender que, al no tratarse de un delito doloso, sino imprudente, no concurría la circunstancia prevista en el art. 19 LCS: exoneración del pago de la indemnización por mala fe del asegurado. Aparte de que los daños por imprudencia no estaban excluidos en la póliza. El recurso de apelación interpuesto por la aseguradora demandada fue desestimado por la Audiencia Provincial El Supremo desestima el recurso. | |
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